Un toldo instalado sin el acuerdo de la comunidad, retirado por sentencia
La Audiencia Provincial de Madrid confirmó en 2025 la retirada de un toldo y una puerta metálica colocados en la terraza de uso privativo de una vivienda sin acuerdo de la junta, por alterar la configuración exterior del edificio. El razonamiento es el que conviene conocer antes de vender: no hace falta que exista un perjuicio técnico para ordenar la retirada, y el hecho de que haya otros toldos irregulares en la misma fachada no da derecho a mantener el propio. Quien monta cobra igual, pero pierde al cliente, la reseña y a veces el trabajo entero.
Idealista, sobre sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid
