La justicia europea puso nombre a la tabla de equivalencias
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió que un anunciante que menciona, implícita o explícitamente, que el producto que comercializa es una imitación de un producto con marca de renombre, presenta «un bien o un servicio como imitación o réplica», lo que la directiva de publicidad comparativa prohíbe. El caso lo abrieron varios titulares de marcas de perfume contra un fabricante que distribuía fragancias baratas acompañadas de listas comparativas indicando a qué original imitaba cada una. El Tribunal añadió que quien usa un signo similar a una marca de renombre obtiene una ventaja desleal cuando pretende beneficiarse, sin compensación económica, del esfuerzo comercial del titular.
TJUE, sentencia de 18 de junio de 2009, asunto C-487/07, L'Oréal SA y otros contra Bellure NV y otros






